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26/05/2016
Para disminuir la contaminación visual, el Municipio encaró trabajos de reordenamiento del cableado aéreo

 

La Municipalidad inició un plan de reordenamiento del cableado aéreo que comprende los tendidos que no cumplen con la ordenanza Nº 2.114, que reglamenta el uso de la vía pública. La finalidad es ordenar el espacio aéreo, disminuir la contaminación visual, mejorar el aspecto de la ciudad y de las fachadas de los edificios y a la vez hacer respetar las ordenanzas vigentes. 

Las normas establecen que todo cable debe estar señalizado e identificado con una etiqueta colgante.  Además, no debe haber más de 4 cruces perpendiculares por cuadra y deben estar a una altura mínima de 6,5 metros. El cableado debe bordear las fachadas y mimetizarse en los frentes de las propiedades (debajo de cornisas, balcones, etc). En el caso de los edificios de valor patrimonial, se evitará en lo posible el recorrido de cableado a la vista o se hará por los techos. 

Los trabajos encarados por la comuna comprenderán más de 200 cuadras del microcentro capitalino, que se encuentran dentro del cuadrante delimitado por calles Santiago, General Paz, Catamarca y La Rioja, y las avenidas Sáenz Peña y Avellaneda. En la última semana, el Municipio  concretó tareas en calles 25 de Mayo, Laprida, Muñecas y Maipú entre 24 de Setiembre y Santiago.  El programa también incluye la tarea de retirar más de 100 columnas y postes  en desuso o en mal estado que se encuentran en la vía pública. 

Para coordinar los trabajos, el Municipio notificó previamente a las empresas que tienen cableado aéreo, como las que ofrecen los servicios de televisión por cable y telefonía, además de instituciones públicas y privadas que poseen tendidos. De esta manera, los operarios de la Municipalidad desarrollan las tareas de reordenamiento del cableado junto a los técnicos representantes de las empresas, para consensuar la nueva ubicación de los cables aéreos, en un marco reglamentario. El Municipio únicamente procede a cortar cables cuando éstos no tienen la identificación correspondiente y en caso de que ningún representante de la empresa notificada concurra en el momento en que se desarrollan las tareas.

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